Planeación fiscal 2024.

Planeación fiscal 2024.


Año nuevo, vida nueva. Así dicen los optimistas y después de planear tus objetivos a lograr en el año, recuerda que todos tenemos un gran socio al que hay que darle cuentas de nuestras actividades sobre todo de las económicas.

El momento es el ideal de estar conscientes de que si logramos establecer un sistema de tributación adecuado podremos evita complicaciones con la autoridad y creemos que lo mejor es que podremos aprovechar de la recuperación de impuestos manejando con cuidado nuestros registros para tener la documentación requerida.

Consulta las disposiciones fiscales que te apliquen o consulta a tu asesor para poder desde el primer mes planear tus acciones para obtener al final los beneficios que te otorga la Ley.

Entre las deducciones personales que la ley nos permite según el régimen que tengas están:

Salud.

  • Honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales en materia de psicología y nutrición.
  • Gastos hospitalarios y medicinas incluidas en facturas de hospitales.
  • Honorarios a enfermeras.
  • Análisis, estudios clínicos.
  • Compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente.
  • Prótesis.
  • Compra de lentes ópticos graduados para corregir efectos visuales.
  • Primas por seguros de gastos médicos, complementarios o independientes de los servicios de salud proporcionados por instituciones públicas de seguridad social.

Educación.

  • Colegiaturas en instituciones educativas privadas con validez oficial de estudios. Desde nivel preescolar hasta bachillerato o equivalente
  • Transporte escolar, sólo si es obligatorio.

Otros.

  • Gastos funerarios de tu cónyuge o concubino/a, así como para tus padres, abuelos, hijos y nietos, podrás realizarlos con cualquier medio de pago y debes contar con la factura.
  • Intereses reales devengados y efectivamente pagados por créditos hipotecarios, destinados a tu casa habitación, contratados con el sistema financiero, INFONAVIT o FOVISSSTE, entre otras, y siempre que el crédito otorgado no exceda de setecientas cincuenta mil unidades de inversión.
  • Donativos otorgados a instituciones autorizadas para recibir donativos.
  • Aportaciones complementarias de retiro realizadas en la subcuenta de aportaciones voluntarias de tus planes personales de retiro (Afore).

 El pago de estos gastos requieres realizarlo mediante cheque nominativo del contribuyente, transferencia electrónica de fondos, tarjeta de crédito, de débito o de servicios. La deducción no procede si el pago fue realizado en efectivo.

 Puedes obtener un saldo a favor, si presentas algunas de estas deducciones en tu Declaración Anual siempre y cuando estén buen sustentadas.

 Investiga las disposiciones fiscales aplicables al régimen que te corresponda, busca un asesor que te oriente o inclusive acércate a la autoridad fiscal, también puede ayudarte.

Y sin que sea la menos importante, mantén actualizada tu firma electrónica y buzón tributario.

Empieza lo más pronto posible y verás que al final pudieras tener un saldo importante a recuperar.

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